De conformidad con el decreto que entró en vigor el 24 de abril 2021 en materia de subcontratación y el acuerdo por el que se dan a conocer les disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que prestan servicios especializados o ejecuten obras especializadas publicado el 24 de mayo de 2021, cualquier empresa que ponga a disposición de otra a sus empleados para para ejecutar su servicio en las instalaciones de la beneficiaria debe entenderse como servicio especializado y deberá obtener su constancia de registro de servicios especializados en el REPSE. Mediante un Decreto publicado el pasado 31 de julio, se otorgó una prórroga para las empresas las cuales tienen hasta el 1ro de septiembre para obtener su constancia de servicios especializados. Por lo anterior, a partir del 1ro de septiembre en caso de necesidad de contratar a una empresa de servicios u obras especializadas, será indispensable solicitar al contratista la siguiente documentación: ✓ Copia simple del registro en el REPSE del proveedor ✓ Un contrato firmado entre el contratante y contratista con las siguientes menciones:
Adicionalmente, el artículo 14 de la Ley Federal de Trabajo, así como el artículo 15-A de la ley de seguro social, 29-Bis de la ley de INFONAVIT modificado por el Decreto prevé una responsabilidad solidaria del contratante con el contratista en relación con los trabajadores utilizados para ejecutar la prestación de servicios especializados en caso de que el contratista incumple las obligaciones en materia de seguridad social. Por lo anterior mencionado y con base en los lineamientos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del Código Fiscal de la Federación, el contratante deberá solicitar al contratista por efectos de deducción y acreditamiento del ISR e IVA así como para evitar cualquier responsabilidad solidaria, los siguientes documentos: • Alta en el IMSS o modificación de salario más reciente de los trabajadores puestos a disposición • Cedula mensual y bimestral de cuotas obrero-patronales con el desglosé de todos los trabajadores • Formato SIPARE con comprobante de pago • Opinión de cumplimiento en materia de seguridad social • Opinión de cumplimiento en materia de INFONAVIT • Opinión de cumplimiento emitida por el SAT • CFDI de pago de nómina de los trabajadores • Declaración mensual de impuestos con comprobante de pago Los documentos antes mencionados siendo información confidencial del contratista y conteniendo datos personales de los empleados, el contratante deberá resguardarlos con los estándares más altos de protección. Por lo anterior, el contratista podrá solicitar la firma de un convenio de confidencialidad o bien el contrato de prestación de servicios especializados podrá incluir una cláusula de confidencialidad.