Obligatorio para Personas Morales a partir del 1° de enero de 2022, debiendo presentar aviso de actualización de actividades económicas a más tardar el 31 de enero de 2022
Constituidas únicamente por personas físicas y sus ingresos del ejercicio anterior no hayan rebasado de 35MDP o, inicien operaciones y estimen que sus ingresos no excederán dicha cantidad Pagos provisionales Se determinan aplicando la tasa del 30% al monto obtenido de disminuir a los ingresos, las deducciones, PTU pagada y las pérdidas fiscales por amortizar Ingresos Acumulables en el momento en que sean efectivamente percibidos Deducciones Devoluciones, descuentos y bonificaciones; mercancías y materias primas; inversiones, cuotas pagadas al IMSS Importante El ISR anual, la PTU del ejercicio y las pérdidas fiscales se determinará conforme al Régimen General de Ley Declaraciones
- Pagos provisiones a más tardar el día 17 del mes siguiente
- Declaración anual
Opcional para Personas Físicas a partir del 1° de enero de 2022, debiendo presentar aviso de actualización de actividades económicas a más tardar el 31 de enero de 2022 Con actividad empresarial, profesional u otorguen el uso o goce temporal de bienes y sus ingresos del ejercicio anterior no hayan rebasado de 3.5MDP o, inicien actividades y estimen que sus ingresos no excederán dicha cantidad Pago de ISR Se aplicará una tasa progresiva de impuestos desde el 1% hasta el 2.5% sobre los ingresos efectivamente cobrados sin incluir el IVA y sin aplicar deducción alguna Retención de ISR Las Personas Morales deberán efectuar una retención del 1.25% Obligaciones Contar con e.Firma y buzón tributario, emitir CFDI por todos los ingresos, conservar CFDI de sus deducciones, expedir CFDI global, no encontrarse en el listado de 69-B CFF Importante Podrán tributar en el Régimen cuando además obtengan ingresos por sueldos y salarios o intereses Declaraciones
- Pagos provisiones a más tardar el día 17 del mes siguiente
- Declaración anual en el mes de abril
- Sean socios, accionistas o integrantes de personas morales o partes relacionadas.
- Residentes en el extranjero con EP.
- Perciban honorarios asimilables a sueldos por ser consejeros, comisarios, administradores o gerentes.
- Opten por asimilar a sueldos los honorarios que perciban de una PM o PF con actividad empresarial.