En fechas recientes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) nos compartió su plan de actualización CFDI para 2022 que incluye cambios en la emisión de CFDI (que le convertirá a la versión 4.0): Los cuales se resumen a continuación: ✓ Código postal del domicilio fiscal del receptor del CFDI. (Dato obligatorio) ✓ Nombre o razón social del receptor del CFDI. (Dato obligatorio) ✓ Régimen fiscal Receptor (Dato obligatorio) ✓ Se incluyen nuevos atributos para efectos de exportación ✓ A nivel concepto, se añade un atributo para indicar si es objeto o no de impuesto. ✓ Hay ajustes en reglas de validación. ✓ Se añade un elemento nuevo que impacta las facturas globales / recapitulativas (Impacto directo en portales de tickets y soluciones de facturación en POS). ✓ Comprobantes relacionados, se modifica la estructura para dar la posibilidad de indicar más de un tipo de relación a un CFDI.
Las notas de crédito documento tipo egreso de acuerdo con la propuesta de reforma 2022 no se considerará deducible la nota de crédito por cancelación de factura, cuando se necesite cancelar una factura se deberá seguir el seguir procedimiento de la regla 2.7.1.38 y 2.7.1.39 RMF (procedimiento de cancelación) Solo se podrá emitir cuando se realicen en los siguientes supuestos; *Se recomienda implementar controles para poder llevar un registro correcto de cada soporte por cada nota de crédito (CFDI de egreso) emitido. Actualización de las actividades y obligaciones manifestadas en el CFDI, en caso de discrepancia Cuando exista discrepancia entre la descripción de los bienes, mercancía, servicio o del uso o goce señalados en el comprobante fiscal digital y la actividad económica registrada por el contribuyente en términos de lo previsto en el artículo 27, apartado B, fracción II de este Código, la autoridad fiscal actualizará las actividades económicas y obligaciones de dicho contribuyente al régimen fiscal que le corresponda Los contribuyentes que estuvieran inconformes con dicha actualización, podrán llevar a cabo el procedimiento de aclaración que el Servicio de Administración Tributaria determine mediante reglas de carácter general. *Se recomienda elegir la clave del catálogo del SAT de productos y servicios con base a la actividad económica declarada. Cambios en el servicio de Cancelación Los CFDI sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación. El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, establecerá que cuando se cancelen comprobantes fiscales digitales por Internet que amparen ingresos, deberán justificar y soportar documentalmente el motivo de dicha cancelación, misma que podrá ser verificada por las autoridades fiscales. Los siguientes cambios previstos son los siguientes; ✓ Agregan el motivo de cancelación (4 posibles valores) y para el 01, se debe indicar el folio fiscal que sustituye al comprobante cancelado, que es el caso de los que tienen relación. ✓ Ajustan los códigos de respuesta del servicio. ✓ Solo se cancelarán facturas sin autorización del cliente a facturas con menos de 24 horas de emisión y con un importe menor a $1,000 pesos. ✓ Validaciones para limitar la cancelación de comprobantes al ejercicio en el que se emitieron. ✓ Cancelación en facturas globales emitidas por contribuyentes del régimen simplificado de confianza (RESICO).